miércoles, 21 de septiembre de 2011

PROPIEDAD INTELECTUAL

Registro de Patentes, Modelos de Utilidad, Dibujos, Modelos Industriales y Esquemas de Trazado de Circuitos Integrados en Ecuador:


» Presentación de oposiciones, nulidades, caducidad o cancelación de registros y acciones legales destinadas a perseguir actos de competencia desleal.
Breve descripción de los servicios:
Si se pretende tener derecho exclusivos de explotación sobre una invención que nos confiere ventajas competitivas sobre la competencia colocando productos novedosos en el mercado se debe proceder con su registro. La autoridad administrativa una vez examinada la solicitud de registro le conferirá una patente sobre el invento en cuesti�n por un plazo de veinte a�os contados a partir de su Presentación. Nuestro equipo de abogados se ha especializado en la Presentación y Tramitación total de solicitudes de registros de patentes como una forma efectiva de protección de los derechos intelectuales de nuestros clientes.
La propiedad intelectual es un derecho patrimonial de carácter exclusivo que otorga el Estado por un tiempo determinado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones, tales como un producto técnicamente nuevo, una mejora a una máquina o aparato, un diseño original para hacer más útil o atractivo un producto o un proceso de fabricación novedoso; también tiene que ver con la capacidad creativa de la mente: las invenciones, las obras literarias y artísticas, los símbolos, los nombres, las imágenes y privilegios.
El titular de la propiedad intelectual tiene la facultad para evitar que cualquier persona tenga acceso o haga uso de su propiedad sin su consentimiento.
Los derechos de propiedad intelectual que otorga cada país son independientes entre sí, por lo que una misma idea, invención, obra o carácter distintivo puede ser objeto de protección en una pluralidad de Estados, existiendo tantos títulos de protección como Estados que la hayan otorgado. (Melgar, 2005)
La propiedad intelectual se clasifica en dos categorías:
  1. Propiedad industrial: La propiedad industrial es el derecho exclusivo que otorga el Estado para usar o explotar en forma industrial y comercial las invenciones o innovaciones de aplicación industrial o indicaciones comerciales que realizan individuos o empresas para distinguir sus productos o servicios ante la clientela en el mercado. Esta incluye las invenciones, marcas, patentes, dibujos y modelos industriales, así como indicaciones geográficas de origen.
  2. Derechos de autor: El artículo 11 de la Ley Federal del Derecho del Autor define a los derechos de autor como el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial. Este se refiere a las obras literarias y artísticas, es decir, se refieren a los derechos que tienen los artistas sobre sus obras, los derechos de los intérpretes sobre sus ejecuciones e interpretaciones, los derechos de los autores de fonogramas sobre sus grabaciones y los derechos de las empresas de radiodifusión sobre sus programas, tanto de radio como de televisión.

No hay comentarios:

Publicar un comentario